¿Contratar y ahorrar? Así funciona Crea Empleo, el nuevo incentivo laboral

¿Contratar y ahorrar? Así funciona Crea Empleo, el nuevo incentivo laboral

Como gerente de negocios estratégico, quiero hablarte en esta ocasión de un beneficio representativo para quienes emprenden; la reforma laboral introdujo un beneficio para empleadores bajo el nombre Crea Empleo. Este incentivo tiene como propósito estimular la contratación de nuevos trabajadores en condiciones formales, otorgando un apoyo económico a quienes decidan generar empleo estable. El beneficio Crea Empleo, contemplado en el artículo 35 de la Ley de reforma laboral 2466 de 2025, es un estímulo económico directo para los empleadores que amplíen su planta de personal.

¿Qué se entiende por nuevo empleo?

Se entenderá como nuevo empleo aquel puesto de trabajo de tiempo completo por el cual la empresa haya realizado aportes a la planilla integrada de liquidación de aportes (PILA) de manera consistente, durante los seis (6) meses anteriores a la solicitud, priorizando la contratación de: jóvenes, mujeres, mayores de 50 años.

¿Cuánto es el monto del beneficio previsto en la reforma laboral?

El monto de este beneficio establecido en la reforma laboral será de hasta el 25 % de un (1) SMMLV por cada nuevo empleo generado, y estará sujeto a la disponibilidad presupuestal. Además, para efectos del cálculo, los valores que no sean números enteros se aproximarán a la unidad monetaria inferior.

Sin embargo, sí un mismo trabajador tiene varios empleadores, solo se contará una vez y el subsidio se asignará al primer empleador verificado por la Unidad de Gestión Pensional y Contribuciones Parafiscales de la Protección Social (UGPP). Este beneficio no es acumulable con otros subsidios nacionales destinados a incentivar la contratación formal.

Este beneficio otorga un aporte mensual por hasta seis (6) meses por cada nuevo empleo generado y es financiado con recursos del Presupuesto General de la Nación y gestionado por el Ministerio del Trabajo.

¿Cuáles empresas pueden ser beneficiarias del incentivo Crea Empleo de la reforma laboral?

El incentivo está dirigido a los empleadores de cualquier sector económico que incrementen su nómina con nuevos empleados en condiciones de formalidad. Las empresas deben cumplir los siguientes requisitos para acceder a este beneficio de la reforma laboral:

  • Tener 50 empleados o menos; o
  • Tener más de 50 empleados y un crecimiento en ventas de los 2 últimos años inferior o igual al IPC.

¿Qué entidad entrega los recursos y qué documentos deben presentar los empleadores?

Los recursos del programa Crea Empleo serán entregados a través de las entidades financieras, en coordinación con el Ministerio del Trabajo. Para acceder, los empleadores que cumplan los requisitos deben presentar los siguientes documentos en la entidad financiera donde tengan una cuenta o producto de depósito:

  • Solicitud firmada por el representante legal de la empresa o la persona natural empleadora, en la que se exprese formalmente la intención de recibir el beneficio Crea Empleo;
  • Certificación de pagos al día en seguridad social de todos los trabajadores que tenía el empleador al momento de presentar la solicitud; y
  • Copia del RUT (registro único tributario) del empleador, con fecha de expedición no mayor a seis (6) meses previos a la postulación.

¿Cómo se valida el cumplimiento de los requisitos?

Para verificar el cumplimiento de los requisitos, las siguientes entidades deberán enviar la información correspondiente directamente a la UGPP:

Ministerio de Salud y Protección Social: deberá enviarla base de datos de la planilla Pila, del registro único de afiliados RUAF, y registros de operaciones de horario extendido correspondiente al último día de postulación de cada ciclo.

Dian: deberá enviar el listado de patrimonios autónomos declarantes de renta y complementarios.

Registraduría Nacional: adjuntará datos sobre edad y sexo de los trabajadores vinculados.

Cámaras de Comercio: deberán enviar el listado actualizado de las cooperativas que se encuentren registradas.

Sanciones por fraude o incumplimiento en el programa Crea Empleo incluido en la reforma laboral

Quienes reciban aportes estatales sin cumplir los requisitos, o de manera fraudulenta, incurrirán en responsabilidad disciplinaria, fiscal y penal. Para efectos penales, se considerarán como documentos públicos tanto los formularios presentados como los recursos estatales recibidos.

En caso de detectar incumplimientos durante los procesos de fiscalización, la UGPP adelantará un proceso de cobro coactivo contra quienes hayan recibido aportes estatales de forma improcedente. Este proceso se regirá por lo establecido en el Estatuto Tributario para las devoluciones improcedentes, e incluye sanciones aplicables.

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